18 de octubre de 2011

El uso y el abuso de las redes sociales en el trabajo

¿Deben los trabajadores tener acceso a los medios sociales en el puesto de trabajo? Esta es una de las famosas preguntas del millón. Y la respuesta, como casi siempre, no será ni  ni no, sino depende. Y ¿de qué depende? Fundamentalmente del uso y utilización que hagamos de ellos. Pero esto nos debe llevar a plantearnos como empresa una auténtica política de acceso y uso de los medios sociales.
La pregunta viene a cuento de un informe al que he accedido hoy (lo siento, pero no recuerdo dónde lo he encontrado). Es un estudio de  DLA Piper sobre los comportamientos de empresas y trabajadores en los medios sociales en horario laboral. El estudio se centra sobre todo en empresas británicas (de más de 250 trabajadores de media), pero se puede aplicar a cualquier otro lugar sin mayor dificultad.
Uno de los datos que más me ha llamado la atención es que un tercio de las empresas consultadas había tenido que llamar la atención a algún empleado por contenidos en redes sociales, ya fuera relacionado con el trabajo o con compañeros. Pero, sin embargo, solo la cuarta parte de dichas empresas tienen una política escrita sobre comportamiento en redes sociales.
Y también hay otros datos de interés relacionados con el uso de medios sociales para uso personal en horario laboral:
  • Un 14% habían posteado alguna actualización sobre temas profesionales.
  • Un 22% había posteado algún contenido sobre algún compañero de trabajo.
  • Un 28% habían subido fotografías de compañeros o de actividades profesionales.
  • Un 1% había posteado información confidencial sobre la empresa.
  • Un 39% había contactado con un compañero de trabajo o contacto en redes profesionales.

El estudio también informa de los problemas que han tenido trabajadores sobre el uso de social media en horario laboral o por publicar contenidos relacionados con su empleo:

  • Un 21% de las empresas había tomado medidas disciplinarias por el contenido posteado en medios sociales sobre algún compañero de trabajo.
  • Un 25% de las empresas había tomado medidas disciplinarias por el contenido posteado en medios sociales sobre actividades profesionales.
  • Un 31% de las empresas había tomado medidas disciplinarias por el contenido posteado en medios sociales sobre la empresa.
  • Un 21% de las empresas había tomado medidas disciplinarias por el uso indiscriminado de los medios sociales en horario laboral.

Otro informe de Edelman, publicado en agosto, ofrecía datos muy similares. Esta infografía resume buena parte de las conclusiones del mismo:

Por lo que se deduce de los informes, las empresas deben plantearse que disponer de políticas de conducta, acceso y comportamiento en los medios sociales está dejando de ser una opción para ser una necesidad. ¿A que conoces también algún caso?

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